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Corte Suprema acoge recurso de amparo y anula expulsión del país de ciudadano venezolano

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció el actuar arbitrario de la autoridad administrativa al fundar el decreto de expulsión del recurrente en normas que se encuentran derogadas.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo y dejó sin efecto la resolución exenta que dispuso la expulsión del país de ciudadano venezolano.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Haroldo Brito, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Soledad Melo y la abogada (i) Pía Tavolari– estableció el actuar arbitrario de la autoridad administrativa al fundar el decreto de expulsión del recurrente en normas que se encuentran derogadas.

“Que, según aparece del mérito de los antecedentes, el amparado (…) ingresó de manera irregular al país, lo que motivó la denuncia correspondiente realizada por la entonces Intendencia, hoy Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota, al Ministerio Público por el delito cometido, para luego desistirse de ella y decretar la autoridad administrativa su expulsión del país mediante la Resolución Exenta N° 3.999 de 27 de diciembre de 2021”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, entonces, y aun cuando fuere efectivo el hecho del ingreso clandestino del extranjero, pese a que aquello no se ha establecido por resolución judicial alguna, el decreto se funda en normas derogadas en virtud de lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley 21.325, lo que debe ser interpretado en concordancia con el artículo 18 del Código Penal, pues la ley eximió de pena el ingreso clandestino al territorio nacional”.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, en el Ingreso Corte N° 292-2023, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de (…), dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 3.999 de 27 de diciembre de 2021, dictada por la recurrida que dispone su expulsión del país”.

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